A todo el personal docente adscrito al Tecnológico Nacional
de México (Institutos Tecnológicos Federales, Centros y
Unidades), con plaza de tiempo completo estatus 10 cuyo
nombramiento definitivo haya sido otorgado como mínimo
en la Quincena 15/2014, a participar en el Programa Académico
de Período Sabático Convocatoria 2-2020, conforme a las
siguientes.
BASES:
PRIMERA. Periodos.
Para Año Sabático, se requiere haber prestado seis años
de servicios ininterrumpidos con funciones docentes (Art.
5°) durante el período comprendido de Agosto-Diciembre
2014 a Enero-Junio 2020. (Art. 90).
Para Semestre Sabático, se requiere haber disfrutado de
un año sabático y tener la carta de liberación, además de
haber prestado tres años de servicios ininterrumpidos con
funciones docentes (Art. 5°), durante el período
comprendido de Agosto-Diciembre 2017 a Enero-Junio
2020. (Art. 91).
SEGUNDA. Programas.
Los programas de actividades del año sabático deberán
comprender alguno de los siguientes aspectos:
a) Programa de investigación Científica, Tecnológica o
Educativa.
b) Programa para la elaboración de Apuntes, Libros,
Objetivos Educacionales y Reactivos de Evaluación.
c) Programas de actividades de apoyo a la enseñanza,
la investigación y el desarrollo tecnológico.
d) Programas de estudios de posgrado, especialización,
actualización y actividades postdoctorales.
e) Programas de capacitación y actualización docente
de tecnología educativa, realizables en las unidades
académicas del propio instituto o bien a través de
convenios con instituciones científicas nacionales o
extranjeras.
TERCERA. De las obligaciones.
El personal docente participante de conformidad con el Art.
93 deberá presentar una solicitud con lo siguiente:
1) Requisitar los formatos de acuerdo con el programa de
actividades establecido en la presente convocatoria, se
deberán descargar, imprimir y firmar.
https://sabatico.tecnm.mx/modulos/login/
2) Presentar oficio propuesta por el (la) Director(a) del
Instituto, Centro o Unidad, dirigida al Director General
del TecNM.
3) Presentar la propuesta de trabajo que cumpla con las
Políticas Académicas Generales del Periodo Sabático.
4) Justificación académica del programa a realizar.
5) El docente deberá adjuntar en el sistema toda la
documentación que integra el expediente de acuerdo
con el programa de actividades.
Con relación a la validación de los documentos oficiales
(copias), el (la) Director(a) del Instituto, Centro o Unidad se
reserva la facultad para que en cualquier momento solicite los
documentos originales y constate la veracidad de los mismos.
En el caso de presentar documentación apócrifa se
suspenderá la revisión del expediente o la autorización del
periodo sabático.
CUARTA. Suspensión.
El personal docente que resulté beneficiado con el disfrute del
año sabático y que incumpla con su programa por causas
imputables a él, le será suspendido el ejercicio del periodo
sabático en vigencia, en términos del Art. 98.
QUINTA. Calendario de actividades.
Las actividades de este proceso se realizarán conforme al
siguiente calendario: